| Defensoría del Pueblo propuso sancionar a instituciones bancarias que no respondan quejas a tiempo | La Defensoría del Pueblo a través de las Direcciones de Servicios Jurídicos y Asuntos Legislativos, presentó observaciones y recomendaciones al proyecto de Ley de Instituciones del Sector Bancario, aprobada en primera discusión el 11 de noviembre en la Asamblea Nacional (AN). Entre las recomendaciones destaca la defensa del derecho los usuarios a recibir oportuna y adecuada respuesta de sus quejas, por ello propuso incorporar un artículo que sancione con multa a las instituciones bancarias que no den respuesta en el lapso de 15 días hábiles. La Defensoría planteó además la incorporación de los principios de accesibilidad, igualdad, continuidad, universalidad, progresividad, no discriminación y calidad al artículo 8 de la mencionada ley, relativo al servicio público, con el objetivo de garantizar la idoneidad en el desarrollo de las actividades reguladas en la ley, así como la estabilidad del sector financiero y el sistema de pagos.
Con relación al artículo 57 del proyecto que establece la posibilidad de que los menores de edad puedan movilizar cuentas de ahorro a sus nombres, la Defensoría recomendó sustituir el término de Menor emancipado por Adolescente emancipado, al igual que Menores de Edad por el de Niños, Niñas y Adolescentes. Recomendó ampliar la prohibición a los bancos de realizar débitos automáticos en cualquier tipo de cuenta sea ésta de ahorro, corriente o instrumento financiero que se tenga abierto con la entidad, sin la autorización expresa del titular de la cuenta, especialmente aquellas en las cuales se cancele pensiones y jubilaciones. |
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