| Taquilla preferencial no pasa la prueba | Como puede observarse en el gráfico anexo, son negativas la mayoría de las respuestas obtenidas a través de la página web de este diario (www.ultimasnoticias.com.ve), acerca de la atención en los bancos a personas de la tercera edad, mujeres embarazadas y personas con discapacidad. En la encuesta participaron 388 personas, de las cuales 53 respondieron "buena", 116 "regular" y 219 "mala".
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) tiene vigentes las Normas Relativas a la Atención y Adecuación de las Instalaciones para las Personas con Discapacidad, de la Tercera Edad y Mujeres Embarazadas, publicadas en septiembre de 2010 (Gaceta Oficial N° 39.520).
La Resolución por medio de la cual la Sudeban dictó dichas normas reconoce que "pese a los esfuerzos realizados por las Instituciones Financieras para brindar una atención preferencial" a esas personas, "éstas siguen encontrando barreras para efectuar sus diligencias bancarias".
El artículo 3 de las normas, establece que el tiempo de espera para esas personas "no podrá ser mayor de 15 minutos desde su ingreso a las agencias, siempre y cuando tengan debidamente llenas las planillas, formularios o cualquier otro documento" necesario. Las agencias bancarias deben tener por lo menos una taquilla de atención preferencial plenamente identificada; en caso de que en algún momento haya "un número significativo" de las personas mencionadas, los bancos "deberán habilitar una taquilla de atención preferencial o un puesto de atención integral adicional; así como disponer de la cantidad suficiente e idónea de personal". Los días de pago a los pensionados, los bancos deben habilitar como mínimo una taquilla adicional.
La taquilla preferencial debe estar en funcionamiento todos los días en horario bancario, incluso durante las horas del almuerzo. |
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