| En 14 días se les tranca el serrucho a los fumadores | Desde 1989, la Organización Mundial de la Salud celebra cada 31 de mayo el Día Mundial sin Tabaco. Este año, Venezuela lo festejará con una medida radical, de impacto masivo. Ese mismo día entra en vigencia la Resolución 030 de Ambientes Libres de Humo de Tabaco, publicada en Gaceta Oficial el pasado 2 de marzo.
Desde ese momento quedará "prohibido fumar o mantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera sea, incluyendo el transporte", según especifica el artículo 3 de la medida.
Quedan 14 días para que los propietarios o administradores de los espacios donde estará prohibido fumar, coloquen en sus instalaciones un aviso que diga "Este es un ambiente 100% libre de humo de tabaco por resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud", junto a la imagen universal que prohibe fumar.
En la web del ministerio (www.mpps.gob.ve) se pueden descargar tanto la resolución como el modelo del aviso (debe medir 80 cm de ancho por 50 cm de largo), haciendo clic en los íconos ubicados en el margen derecho del sitio web.
La ministra de Salud, Eugenia Sader informó, el pasado 3 de marzo, que el alcance de la medida es amplio; en una rueda de prensa ofreció detalles sobre la resolución, que no habrá lugares exclusivos para fumadores, las personas podrán consumir cigarrillos en espacios abiertos, al aire libre, pero en lugares cerrados (áreas interiores de empresas, comercios, ministerios o locales, techadas o no, independientemente del material usado, sea una estructura temporal o permanente), tanto públicos como privados, no. En los trabajos incluye pasillos, ascensores, escaleras, vestíbulos, cafeterías, baños, salones, comedores y edificaciones anexas, entre otros (artículo 2).
Los propietarios, empleadores y administradores deben hacer cumplir la resolución. De lo contrario serán sancionados (previa advertencia) con multas de entre 12 U. T. y hasta 2.500 U. T. (de Bs 912 hasta Bs 190 mil), según la Ley Orgánica de Salud, o en casos extremos suspender el permiso de expendio o cerrar el lugar.
|
|